Nacional - FALLO
Justicia confirmó prohibición del INAU de utilizar módulos metálicos
Fallo de un tribunal de apelaciones confirmó que los contenedores son inhumanos
El Tribunal de Apelaciones de Familia de 2º Turno confirmó la sentencia que prohibió al INAU la utilización de los módulos metálicos instalados en el Centro de Medida Cautelares de Bulevar Artigas y General Flores para la internación de adolescentes infractores.
El recurso de amparo iniciado por el fiscal Enrique Viana obtuvo una sentencia de la jueza de familia Estrella Pérez, quién prohibió al INAU que aloje allí a menores.
El tribunal realizó una inspección ocular a los contenedores y ayer emitió la sentencia en la que su uso constituye “un acto manifiesto ilegítimo”. “No es concebible que un adolescente permanezca en ese ámbito por 22 horas por día, lo que surge de las afirmaciones de las autoridades y de los adolescentes que se encontraban dentro del módulo”, afirmó la sentencia.
En la inspección, los ministros verificaron que el módulo tiene dos sectores, uno con seis cuchetas y otro con cuatro. Son todos metálicos, de color de la chapa, tiene cada sector un lavatorio y una taza para realizar a necesidades fisiológicas, integrado al ambiente, sin ninguna separación del resto: quien hace sus necesidades lo hace a la vista de sus compañeros de alojamiento. Las cisternas se activan mediante un cordón desde el interior del módulo, pero los dos estaban rotos. En consecuencia la forma de evacuar la taza es mediante un balde con agua.
“De acuerdo a los movimientos y al nivel de conducidos a la espera de decisión judicial, que se señalaron en el correr del año en número de 904 según el Lic. Rolando Arbesun Gerente del Sistema de Medidas, es evidente que la mayor parte de las veces la capacidad del módulo está superada”, afirmaron los ministros.






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