26 de febrero 2025 - 14:56hs

Lo que importa sobre la licencia extraordinaria de Ariel Lijo y su próxima asunción en la Corte Suprema

  • El Tribunal de Apelaciones concedió la licencia extraordinaria solicitada por el juez federal Ariel Lijo, quien asumirá en comisión en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
  • Como contó Revista Quórum, la decisión fue tomada por unanimidad por los seis camaristas del tribunal: Mariano Llorens, Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi, Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico.
  • La licencia es sin goce de sueldo y le permite a Lijo asumir en la Corte sin renunciar a su cargo en el Juzgado Federal N° 4 de Comodoro Py.
  • La Cámara Federal decidió otorgar la licencia sin remitir el pedido a la Corte Suprema, a pesar de que existen antecedentes que indican que esta última debería intervenir en casos de licencias extraordinarias.
  • La designación de Lijo por decreto presidencial es en comisión y su continuidad en la Corte dependerá de la aprobación del Senado antes del fin de las sesiones legislativas.

Contexto

¿Por qué la Cámara Federal concedió la licencia?: El pedido de licencia de Ariel Lijo fue analizado por los seis integrantes de la Cámara Federal de Apelaciones, quienes decidieron concederlo por unanimidad. La solicitud se basó en su designación en comisión como ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante el decreto presidencial 137/2025. La licencia es extraordinaria y sin goce de sueldo, lo que permite a Lijo asumir en el máximo tribunal sin renunciar a su cargo en el Juzgado Federal N° 4.

¿Cómo fue el proceso de designación de Lijo en la Corte Suprema?: El presidente Javier Milei firmó el decreto 137/2025, publicado en el Boletín Oficial, por el cual se designó en comisión a Ariel Lijo y a Manuel García Mansilla como ministros de la Corte Suprema. Esta medida fue tomada con el objetivo de completar el tribunal y llevar a cinco el número de sus integrantes.

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La Constitución Nacional, en su artículo 99, inciso 19, otorga al Presidente la facultad de realizar nombramientos en comisión durante el receso del Senado. Sin embargo, para que la designación de Lijo se vuelva definitiva, la Cámara alta deberá aprobar su pliego antes del cierre del actual período legislativo.

¿Por qué hubo dudas sobre la concesión de la licencia?: Dentro de la Cámara Federal existían diferencias sobre si el tribunal tenía la facultad de otorgar la licencia extraordinaria o si debía remitir el pedido a la Corte Suprema. La norma general establece que la Cámara puede conceder licencias ordinarias (por enfermedad, exámenes o motivos personales), pero las extraordinarias, como la de Lijo, deberían ser concedidas por la Corte.

Un antecedente relevante es el del juez René Niklison en 1975, quien sostenía que su nombramiento en comisión como camarista no le hacía perder su cargo de juez de primera instancia. Sin embargo, la Corte Suprema en ese momento determinó que la aceptación de un nuevo cargo en comisión implicaba la finalización del cargo anterior.

A pesar de este antecedente, la Cámara Federal decidió conceder la licencia a Lijo sin consultar a la Corte, lo que marca una diferencia con resoluciones anteriores del mismo tribunal.

¿Qué implica que la designación de Lijo sea en comisión?: El nombramiento en comisión significa que Lijo podrá asumir en la Corte Suprema de manera provisoria hasta el fin del período legislativo en noviembre de 2025. Si el Senado aprueba su pliego antes de esa fecha, se convertirá en ministro de la Corte de manera definitiva. En caso contrario, deberá dejar el cargo.

Cómo sigue

Con la licencia otorgada por la Cámara Federal, Ariel Lijo quedó en condiciones de prestar juramento como ministro de la Corte Suprema. Su continuidad en el máximo tribunal dependerá de la decisión del Senado, que deberá tratar su pliego para que su designación sea definitiva. Hasta entonces, ocupará el cargo en comisión, en reemplazo de la vacante dejada por la renuncia de Elena Highton de Nolasco.

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