27 de noviembre 2024
27 de noviembre 2024 - 20:14hs

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó la condena contra Claudio Uberti, exfuncionario del Ministerio de Planificación Federal, en el resonado caso de la valija con 790.550 dólares transportados por Guido Antonini Wilson en 2007.

De acuerdo a un informe de la revista Quórum, este fallo confirma la decisión del Tribunal Oral en lo Penal Económico N°1, que en septiembre pasado lo condenó a cuatro años y seis meses de prisión por el delito de contrabando de divisas en grado de tentativa, agravado por su condición de funcionario público.

Contexto de la causa: El caso de la valija de Antonini Wilson

El caso de la valija de Antonini Wilson es uno de los más emblemáticos en la historia reciente de la justicia argentina, relacionado con un intento de contrabando de divisas que involucra a varios exfuncionarios kirchneristas. En agosto de 2007, Guido Antonini Wilson, un ciudadano venezolano, intentó ingresar al país a través del Aeropuerto Jorge Newbery en Buenos Aires, con una valija que contenía 790.550 dólares estadounidenses. El dinero fue descubierto por agentes de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) y la Dirección General de Aduanas (DGA), lo que desató una investigación judicial que vinculó a figuras clave del gobierno argentino.

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Según las pruebas recolectadas, Antonini Wilson inicialmente declaró que su equipaje contenía libros y documentos; sin embargo, al ser sometido a un escaneo, se descubrió que la valija contenía billetes de baja denominación (US$ 50). La investigación apuntó a que el dinero estaba destinado a financiar proyectos irregulares relacionados con la infraestructura en Argentina, en el marco de acuerdos bilaterales entre Argentina y Venezuela, que incluían la construcción de una planta regasificadora y otros proyectos energéticos.

La condena a Uberti: fundamentos de la sentencia

El Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº 1 condenó a Claudio Uberti por el delito de contrabando de divisas en grado de tentativa. La condena, ratificada por la Cámara de Casación, se basa en los siguientes fundamentos clave:

El papel de la estructura estatal: El fallo resaltó que la actuación de Uberti no fue aislada, sino que se enmarcó en un contexto donde el Estado argentino, a través de Enarsa y el Ministerio de Planificación, participaba activamente en las relaciones con Venezuela. Esto fue clave para entender el grado de responsabilidad de Uberti en la maniobra, ya que utilizó su posición dentro del aparato estatal para llevar a cabo la operación ilícita.

Responsabilidad en la coordinación del vuelo: El tribunal destacó que Uberti fue quien coordinó el vuelo privado a Venezuela, con el conocimiento de que el viaje tenía un carácter oficial y estaba relacionado con las relaciones comerciales entre ambos países. Se probó que, a pesar de no ser directamente responsable de esconder las divisas, Uberti organizó la logística del vuelo y participó activamente en la gestión de la relación con funcionarios venezolanos, lo que lo vinculó al contrabando.

La relación de confianza con De Vido: El fallo subraya que Uberti actuó como un estrecho colaborador de Julio De Vido, quien, como Ministro de Planificación, supervisaba las relaciones bilaterales con Venezuela. El tribunal consideró que Uberti tenía una posición de gran poder y confianza dentro de la estructura del gobierno, lo que le permitió coordinar la operación sin que otros funcionarios intervinieran o cuestionaran sus acciones.

El encubrimiento del contrabando: A pesar de que no se logró probar que Uberti directamente transportara el dinero, el tribunal consideró que participó en el encubrimiento del contrabando, al no informar de manera adecuada a las autoridades judiciales cuando se detectaron irregularidades en el vuelo. En este sentido, se valoró que Uberti, en su capacidad de funcionario público, no cumplió con su deber de garantizar que el dinero ingresado fuera adecuadamente fiscalizado.

La tipificación del contrabando en grado de tentativa: El tribunal determinó que el contrabando no fue consumado, ya que el dinero fue detectado antes de que fuera efectivamente ingresado al país. Sin embargo, las circunstancias del caso (el uso de un vuelo privado y el comportamiento evasivo de los involucrados) fueron suficientes para probar la intención de contrabando. En este sentido, Uberti fue condenado por tentativa de contrabando de divisas.

De Vido, absuelto

En un aspecto destacado del fallo, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la absolución de Julio De Vido, exministro de Planificación Federal, quien había sido acusado de haber facilitado el ingreso ilegal de divisas al país en el marco del caso. El tribunal consideró que no existían elementos probatorios suficientes para acreditar su participación directa o indirecta en la maniobra de contrabando.

Los jueces subrayaron la ausencia de pruebas que vincularan a De Vido con el dinero transportado por Antonini Wilson o que sugirieran su conocimiento sobre el contenido de la valija. Si bien el tribunal reconoció la relevancia de su rol en las relaciones bilaterales entre Argentina y Venezuela, indicó que no se pudo demostrar un enlace concreto entre las competencias jerárquicas del exministro y las acciones de Claudio Uberti, el funcionario encargado del viaje.

¿Qué sigue?

Uberti podrá recurrir a instancias superiores, incluyendo la Corte Suprema de Justicia, para intentar revertir el fallo. Mientras tanto, el caso sigue siendo emblemático de los vínculos entre el poder político y las estructuras estatales utilizadas en operaciones ilegales.

En redes sociales, el fallo genera polarización: algunos celebran el avance judicial, mientras que otros lo califican como una muestra selectiva de justicia.

Temas:

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