25 de marzo 2025 - 19:27hs

Lo que importa sobre la designación en la Corte de García-Mansilla

  • Manuel García-Mansilla defendió la legalidad de su designación por decreto en la Corte Suprema.
  • Afirmó que su remoción solo puede realizarse mediante juicio político.
  • Rechazó la competencia del juez Ramos Padilla para intervenir en la causa.
  • Negó la legitimidad de las ONGs que presentaron el amparo para anular su nombramiento.
  • Alertó sobre el riesgo institucional y funcional si se avanza en su remoción.

Contexto

¿Qué motivó la intervención del juez Ramos Padilla en este caso?: El juez federal de La Plata, Alejo Ramos Padilla, tramita una causa impulsada por ONGs que presentaron un recurso de amparo para impugnar la designación de García-Mansilla como juez de la Corte Suprema. El cuestionamiento se centra en la legalidad del decreto presidencial que lo nombró, en un contexto donde el Senado no estaba sesionando.

¿Cuál fue el argumento central de García-Mansilla para rechazar la intervención judicial?: García-Mansilla sostuvo que Ramos Padilla carece de jurisdicción para resolver sobre su designación, ya que “un juez no puede remover a otro juez”, y menos aún a un miembro de la Corte Suprema, cuya remoción solo puede hacerse por juicio político, según lo establece la Constitución Nacional. Por eso, solicitó que “sin más trámite” se dé por finalizado el procedimiento.

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¿Qué dice sobre la legitimidad de las ONGs que impulsaron el amparo?: El magistrado cuestionó que las organizaciones civiles carecen de legitimación activa para accionar judicialmente en este caso, al no demostrar un agravio concreto. Afirmó que no hay “caso” en términos jurídicos y que solo se pretende un control abstracto de legalidad, lo que estaría vedado por el marco constitucional.

¿Cómo defendió la legalidad de su designación por decreto?: Explicó que su nombramiento fue realizado en comisión mediante el Decreto 137/2025, en el marco del artículo 99, inciso 19, de la Constitución Nacional, que habilita al presidente a designar en comisión a funcionarios que requieren acuerdo del Senado cuando este está en receso. Aclaró que su nombramiento es provisorio y no definitivo, y solo se volverá permanente si es aprobado por dos tercios del Senado, como establece el inciso 4 del mismo artículo.

¿Qué rol tuvo la Corte en validar su designación?: García-Mansilla argumentó que el hecho de haber prestado juramento ante los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti no solo oficializa su designación, sino que transforma el cuestionamiento en un ataque institucional a una decisión adoptada por el propio máximo tribunal.

¿Qué consecuencias advirtió sobre la continuidad de la causa?: El magistrado advirtió que permitir que avance el amparo comprometería el funcionamiento del Poder Judicial, afectando especialmente a la Corte, que hoy tiene más de 90.000 expedientes en trámite. Señaló que el tribunal, al no estar completo, ya sufre una sobrecarga y que el uso de conjueces no es una solución sostenible porque se aplica “caso por caso” y genera demoras y problemas en la conformación de mayorías.

¿Cuál es la situación actual del proceso legislativo?: El Senado convocó a una audiencia para el 3 de abril, donde se tratará el pliego de García-Mansilla. En esa instancia se definirá si su designación recibe el acuerdo necesario para ser definitiva. Por el momento, el juez no renunció ni hizo pública su decisión en caso de un eventual rechazo, y desde su entorno las señales fueron ambiguas.

Cómo sigue

El juez Ramos Padilla anunció que resolverá sobre la validez del decreto y la admisibilidad del amparo después del 3 de abril, cuando el Senado analice el pliego de García-Mansilla. Hasta entonces, el magistrado continuará ejerciendo como juez de la Corte Suprema. Lo que decida la Cámara Alta será determinante para definir su permanencia o no en el cargo. Mientras tanto, García-Mansilla se mantiene firme en su posición de que su designación es válida y que cualquier intento de anulación sin juicio político viola la Constitución.

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