6 de febrero 2025 - 7:56hs

El Gobierno nacional oficializó este jueves la prohibición de traspaso de cárceles de reclusos que cambien de género.

A través del Decreto 61/2025 y a fin de eliminar estadio "irrazonable" en el reconocimiento de un derecho, que "puede ser empleado para poner en peligro la vida de terceros", se estableció que la administración penitenciaria asignará el lugar de alojamiento, reubicación o traslado de la persona privada de la libertad en función del sexo al momento del hecho por el cual se ordenó su detención.

"La habilitación de un traslado de establecimiento sin que medie la realización de un análisis objetivo y profundo que permita tener en cuenta los posibles riesgos que la medida representa para los otros internos, no sólo desconoce el principio de razonabilidad de los actos estatales, sino que vulnera los derechos humanos de las personas alojadas en los establecimientos penitenciarios", sumó el texto en un apartado del Considerando.

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¿Cómo se asignará el lugar de alojamiento, reubicación o traslado de un recluso en las cárceles de Argentina?

El Decreto 61/2025 firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y los ministros de Justicia y Seguridad, Mariano Cúneo Libarona y Patricia Bullrich, respectivamente, especificó que no podrá disponerse el alojamiento en un establecimiento penitenciario destinado a mujeres, de una persona que haya tramitado la rectificación registral de su sexo, cuando:

a) la privación de la libertad sea dispuesta por la comisión de un delito previsto en los Títulos I, III o V del Libro Segundo del CÓDIGO PENAL o por cualquier otro delito cuando hubiere sido cometido con violencia hacia una mujer; o

b) la evaluación técnica realizada por la autoridad administrativa penitenciaria determine que su alojamiento en un establecimiento penitenciario, signifique un riesgo para la seguridad, la integridad física, psíquica o moral o la vida de los demás internos del establecimiento penitenciario.

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El Gobierno obliga a todos los presos a realizar tareas de limpieza y mantenimiento durante cinco horas diarias.

El Gobierno obliga a todos los presos a realizar tareas de limpieza y mantenimiento durante cinco horas diarias.

Además, el artículo 2° enfatizó que la autoridad competente para la dirección de los establecimientos penitenciarios deberá denegar cualquier solicitud de reubicación o de traslado dentro de la misma jurisdicción, a la persona que con posteridad al hecho por el cual se ordenó su detención inicie el procedimiento de rectificación registral del sexo, del nombre de pila y de la imagen previsto en la Ley N° 26.743.

Por su parte, los establecimientos penitenciarios deberán adoptar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de las personas que se encuentren tramitando o que ya hubieren finalizado un procedimiento de rectificación registral del sexo, en los términos de la Ley N° 26.743.

"En ningún caso podrán adoptarse medidas que puedan representar un riesgo para la seguridad, la integridad física, psíquica o moral, o la vida de los demás internos del establecimiento penitenciario", sentenció el artículo 3°.

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