El Banco de Previsión Social (BPS) informó que a partir del 10 de febrero de 2025 estará activo el servicio de asesoramiento en línea para personas entre 40 y 49 años que estén contempladas en el artículo 8 de la ley de Seguridad Social.
Este artículo regula la forma en que se distribuyen los aportes jubilatorios entre el BPS y la AFAP.
El presidente del BPS, Alfredo Cabrera, dijo que en el correr de ese mes los inscriptos recibirán "comunicaciones del banco" vía correo electrónico para avisar que el servicio está disponible.
"Con el usuario personal se va a poder ingresar a la página y seguir pasos muy simples y muy claros. Va a haber un instructivo, hay videos y una serie de información muy amigable para que la persona vea el asesoramiento, lo descargue, se quede con el PDF y lo reciba en el correo”, dijo Cabrera en rueda de prensa consignada por Subrayado (Canal 10).
Cabrera añadió que cuando se produzca la descarga comenzará a correr el plazo para tomar una opción.
Requisitos para el asesoramiento virtual
Además de tener entre 40 y 49 años, desde el BPS señalan que se necesitan los siguientes requisitos:
- Hayan ejercido la opción voluntaria del artículo 8 de la ley 16.713
- No hayan obtenido una jubilación al amparo del Régimen Mixto
- No hayan agotado las dos instancias de asesoramiento previstas
- Que de acuerdo a sus condiciones personales (años de trabajo registrados y prestación o no de servicios bonificados) puedan configurar causal jubilatoria antes del 2043.
Con estas condiciones hay aproximadamente 90.000 personas, según consignó el citado medio.