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3 de febrero 2025 - 5:00hs

Una tarea descomunal, una reestructura que llevará años, un largo camino, algo casi imposible. Así han calificado durante los últimos días, abogados, inversores damnificados, analistas financieros y otros actores del sector ganadero al proceso judicial para intentar resolver la situación de Conexión Ganadera.

El contador que apareció junto con Pablo Carrasco en el streaming días atrás, Ricardo Giovio, planteó que gran parte del dinero es "irrecuperable", más allá de que se puedan encontrar más activos en otros negocios de la empresa. Hasta el momento, no se sabe con certeza cuántos activos tiene Conexión Ganadera y tampoco se sabe con precisión cuánto debe.

El pasado 30 de enero, la Justicia habilitó el levantamiento de la feria judicial para atender el caso de Conexión Ganadera. A partir de hoy, retomará el caso el juez titular de la sede de Concurso de 1er Turno, Leonardo Méndez, según informó El País.

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¿Cómo funciona el concurso de acreedores? ¿Cómo es el paso a paso judicial? ¿Qué pasa con las personas que tienen deudas para cobrar? ¿Se pueden embargar los bienes de Pablo Carrasco y Gustavo Basso? ¿Qué pasa con las otras empresas ligadas a ambos socios?

Lo primero a tener en cuenta es que, dado que la solicitud de concurso de acreedores fue presentada por terceros, en este caso por inversores damnificados, se trata de un concurso necesario y no voluntario, lo que tiene diferentes consecuencias, según la normativa uruguaya de proceso concursal.

La ley establece entonces que ahora la Justicia deberá trasladar la solicitud de concurso al deudor, en un plazo que no puede exceder los 10 días. Si el deudor no se opone, el concurso se decreta, sin más trámite, en el plazo de dos días.

¿Qué pasa una vez que se decreta el concurso?

Según explicó a El Observador la abogada especializada en el área de Litigios y Arbitraje del estudio Bragard, Andrea Ramírez, una vez que la Justicia decrete el concurso necesario designará también un síndico, el cual deberá desplazar a las autoridades de la empresa y comenzar a administrar Conexión Ganadera.

Luego se convoca a una junta de acreedores que deberá celebrarse dentro de un plazo de 180 días. Ramírez detalló además que si tras el examen preliminar del estado patrimonial del deudor, surge que sus activos no son suficientes para pagar las deudas, “conjuntamente con la sentencia o en cualquier momento posterior, el juez dispondrá el embargo preventivo de los bienes”.

El monto del embargo va a depender de quiénes lo soliciten, lo que a su vez dependerá de la cantidad de personas damnificadas y del monto de los daños sufridos, algo que todavía no se sabe con precisión.

La normativa uruguaya también habilita a que el juez pueda embargar los bienes de ex administradores de Conexión Ganadera, ex liquidadores así como de ex integrantes de la empresa, siempre y cuando se constate que durante los dos años anteriores a la declaración de concurso, estas personas estaban al tanto del estado de insolvencia de la empresa.

Esos embargos se van a conservar hasta que termine el procedimiento del concurso, “salvo que haya recaído una sentencia judicial sobre la responsabilidad de cualquiera” de esos sujetos, señaló la abogada.

En paralelo a que se decrete el concurso, o inclusive antes de que eso pase, la Justicia puede decretar medidas cautelares a pedido y bajo la responsabilidad del solicitante.

Esas medidas cautelares tienen como finalidad la protección de “la integridad del patrimonio del deudor”, dijo Ramírez y agregó que podrán consistir en el embargo preventivo de los bienes y derechos del deudor o en la intervención de sus negocios. Las medidas quedarán sin efecto una vez que se declare el concurso o cuando se desestime la solicitud.

En este punto, la abogada aclaró que la ley uruguaya habla de la protección de los bienes que son propiedad del deudor cuyo concurso se solicita, en este caso Conexión Ganadera. Por lo que, “no comprende los bienes de los acreedores cuya protección también se pretende en el caso de los inversores que tienen ganado a su nombre, como por ejemplo aquellos que tienen contrato de bono ganadero y pool ganadero”.

Desde Bragard remarcaron que “sin lugar a dudas” ese ganado no puede conformar la masa activa de Conexión Ganadera, dado que se trata de ganado propiedad de los inversores que celebraron este tipo de contrato.

¿Qué pasa con los acreedores?

Los acreedores deben presentarse a verificar sus créditos y para hacerlo, tendrán un plazo de 60 días desde que se declara el concurso.

La verificación de los créditos es una de las fases más importantes del proceso concursal. La ley establece que los acreedores que tengan créditos contra el deudor deberán presentarlos por escrito ante el Juzgado, dirigido al síndico y deberán cumplir con ciertos requisitos que en caso de incumplimiento, puede implicar que pierdan sus derechos de cobro.

Desde Bragard explicaron que la forma en que se verifiquen los créditos de los acreedores (sean créditos civiles, comerciales, laborales, tributarios, entre otros) será fundamental, dado que de eso dependerá también la forma en la que los recuperarán, si es posible. La normativa establece que hay créditos privilegiados especiales, con privilegios generales, créditos quirografario común o sin derecho a voto, o un crédito subordinado.

El otro aspecto relevante es la determinación del monto del crédito, ya que algunas de las resoluciones que se pueden tomar en el proceso concursal, “tales como la aprobación de un convenio de pago, se adoptan teniendo en cuenta ciertas mayorías de acreedores que representen una determinada porción del pasivo del deudor con derecho a voto”. Por lo que, cuanto más pasivo tenga el acreedor, su voto será más importante para incidir en las mayorías requeridas por ley.

Desde la Liga de Defensa Comercial (Lideco) explicaron que la normativa de concurso le da a los acreedores el derecho de impugnar la calificación que le dieron a sus créditos.

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El síndico deberá verificar los activos y pasivos, realizará un inventario y presentará su informe aproximadamente después de los 90 días de decretado el concurso, allí deberá atender las impugnaciones que los acreedores pudieran haber hecho.

En paralelo, el síndico deberá tomar medidas para continuar con la administración de la empresa, lo que a su vez, en este caso es más complejo dado que gran parte de los activos involucrados son biológicos (ganado), por lo que deberán decidir qué hacer y si están los recursos necesarios o no para cuidar esos animales durante el proceso concursal, o si se puede seguir pagando los arrendamientos a los propietarios de los campos, por ejemplo.

¿Qué pasa con el patrimonio personal de Carrasco y Basso? ¿Y con los negocios conexos?

Al ser consultada sobre si los bienes personales de los titulares de Conexión Ganadera o los activos que tanto Basso como Carrasco tienen en otras empresas, pueden verse afectados por el concurso de acreedores o ser utilizados para pagar a los damnificados, Ramírez indicó que sí se podría atacar ese patrimonio, en la medida en que se pueda demostrar la vinculación con Conexión Ganadera.

Si al final del proceso el concurso se califica como culpable (es decir, cuando se constata que en la situación de insolvencia de la empresa existió dolo o culpa grave del deudor, o de sus administradores), la sentencia de calificación podrá condenar “a la cobertura de la totalidad o parte del déficit patrimonial en beneficio” de los activos, en paralelo a las sanciones penales que se pudieran aplicar.

“Se podría. En la medida en que se pueda demostrar la vinculación de las sociedades y/o la participación culpable de las personas físicas en el concurso de Conexión Ganadera, se podrá ir atrás del activo y patrimonio de estas”, aseguró Ramírez.

Asimismo, indicó que se deberá evaluar la participación de las esposas de Basso y Carrasco en Conexión Ganadera, así como en las sociedades vinculadas y en los contratos celebrados. “El hecho del fallecimiento de Basso no impide llegar a su patrimonio”, señaló Ramírez.

La normativa también establece la figura del cómplice concursal que son aquellas personas que, con dolo o culpa grave, hubieran cooperado con el deudor, o en el caso de personas jurídicas deudoras, con los administradores y liquidadores, a la realización de cualquier acto que hubiera producido o agravado la insolvencia.

Si luego de la junta de acreedores no se produce un convenio, se pasa a la liquidación de la empresa, ahí será el síndico el que decidirá cómo proceder con los activos, aunque los abogados especializados en concursos afirman que es muy pronto para adelantar cuál es la salida más conveniente.

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Conexión ganadera Concurso de acreedores Pablo Carrasco Gustavo Basso

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