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6 de enero 2025 - 5:00hs

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informó que decidió no implementar la devolución del IVA para compras realizadas en los departamentos con frontera con Argentina y Brasil, pese a que en la Rendición de Cuentas se había votado un artículo que permitía establecer un régimen de exoneración impositiva en esas zonas, con el objetivo de mitigar el impacto de la diferencia de precios con los países vecinos.

A través de las Asesorías de Política Comercial y Tributaria, el MEF respondió a un pedido de informes realizado por el diputado de Rivera, Marne Osorio quien consultó por la reglamentación del artículo; la cantidad de artículos que integran la canasta; el alcance en números de comercios, montos de las ventas, devolución fiscal; y el límite territorial definido para la aplicación de la devolución.

En esa respuesta a Osorio, el MEF indicó que no se reglamentó el artículo porque si bien “se comparte la existencia de un problema de precios en la zona fronteriza que afecta a los comercios y a las personas allí radicados, no se ha concluido que la puesta en marcha del mecanismo sea efectivo en el tratamiento del problema detectado”.

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Para argumentar su postura, el MEF manifestó que la “cuantía de la diferencia de precios en ciertos niveles es coyuntural” y que esa brecha está “fuertemente ligada a las políticas económicas y a las diferencias cambiarias de los países vecinos”.

El segundo argumento esbozado por el equipo económico tiene que ver con el costo fiscal para el Estado uruguayo. De acuerdo con el MEF, la devolución del IVA “implicaría una renuncia fiscal muy importante, que podría no lograr el objetivo perseguido”.

Si se optaba por la devolución total del IVA, según el MEF, como máximo, la devolución podía alcanzar un 18,03% para los bienes gravados a la tasa básica (22%) y un 9,09% para los gravados a la tasa mínima (10%).

El equipo económico analizó que el objetivo de mitigar los impactos negativos de la brecha de precios con los países vecinos podía no resultar efectivo, “en la medida que las diferencias de precios en frontera, sean mayores a los porcentajes mencionados” y que, por tanto, “tal rebaja no haga cambiar los hábitos de los consumidores”.

Asimismo, el equipo económico evaluó que la devolución del IVA podía ser una medida que generaría “inequidad con el resto de la población que no podría acceder a esa reducción de precios”.

En concreto, el artículo 579 aprobado en la Rendición de Cuentas de 2022 facultaba al Poder Ejecutivo a establecer un régimen de devolución de IVA, incluidos en una canasta de productos, por las compras realizadas en comercios de pasos de frontera del litoral del país que se ubicaran en un radio máximo de 50 kilómetros de los pasos de frontera con Argentina y Brasil.

La medida había sido solicitada por los legisladores representantes de los departamentos fronterizos quienes señalan que, debido a la diferencia de precios en su momento con Argentina y actualmente con Brasil, los comercios de Uruguay afrontan un escenario de pérdida profunda y constante de competitividad, lo que ha tenido como consecuencia una profunda depresión en el funcionamiento de la economía local de esos departamentos.

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