La ley de Inclusión Financiera, votada en 2014 durante el segundo gobierno del Frente Amplio, fijó restricciones para el uso de dinero en efectivo. A partir de allí varios decretos reglamentarios establecieron a partir de 2018 que todo pago de operaciones que superaran las 40 mil Unidades Indexadas (hoy unos US$ 5.800) se debían abonar obligatoriamente con medios electrónicos. Entre ellas la compraventa de inmuebles y automóviles, y el pago de todo tipo de servicios.
Años después, la ley de Urgente Consideración (LUC) aprobada en 2020 introdujo cambios. Esa ley estableció que el pago y entrega de dinero en toda operación o negocio jurídico podrá realizarse mediante efectivo hasta la suma de 1.000.000 de UI (hoy unos US$ 145.300 a valores actuales), y el saldo con demás medios distintos al afectivo.
Reducción de tope máximo para efectivo
En el Frente Amplio se considera que es un monto demasiado alto, que favorece las operaciones habitualmente vinculadas al narcotráfico o el crimen organizado.
Esa fuerza política presentó un nuevo proyecto de ley en el Parlamento. La modificación propuesta plantea que la utilización de dinero en efectivo se pueda realizar en pagos por una suma de alrededor de US$ 20.000 como tope máximo permitido, informó el senador Eduardo Brenta en declaraciones a radio Uruguay.
Ya en marzo del año pasado la bancada de senadores del Frente Amplio había planteado el tema con una iniciativa de ley.
Por ese entonces, los argumentos manejados en la exposición de motivos decían que evaluaciones realizadas tanto por el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat), como otras encargadas por la Secretaría Nacional contra el Lavado de Activos (Senaclaft) y el Banco Central, reconocían la incidencia positiva del tope de las transacciones en efectivo para la prevención del lavado establecidas originalmente en la ley de Inclusión Financiera.
“El Gafilat, en su evaluación de amenazas regionales de riego, destaca especialmente que una de las formas más habituales de las operaciones de lavado es el uso de efectivo. Si bien reconoce que el riesgo existe, y que las medidas dispuestas en 2017 por Uruguay no lo evitaban totalmente, si lo acotaba con la imposición del tope de 40.000 UI”.
En ese sentido, la bancada de senadores del FA sostenía que la normativa vigente aprobada en la LUC “implica el aumento evidente de los riesgos en materia de lavado de activos, especialmente en términos de transparencia, trazabilidad y probidad”, y “otorga una mayor discrecionalidad en las transacciones financieras, lo que podría facilitar prácticas cuestionables y dificultar el seguimiento de los flujos de dinero”.
“Esto representa un riesgo para la integridad del sistema financiero y socava la capacidad de las autoridades para detectar y prevenir actividades ilícitas como el lavado de dinero y la evasión fiscal. Además, la falta de claridad en las transacciones realizadas en efectivo también puede propiciar un ambiente propicio para prácticas económicas y financieras de dudosa legitimidad”, agregaba el proyecto.