Este lunes, la Justicia decretó el concurso de acreedores de Conexión Ganadera (CG) y desplazó a su director, Pablo Carrasco, así como a todas las autoridades vigentes. La empresa quedó a cargo ahora de un síndico encabezado por Alfredo Ciavattone quien será el encargado de su administración, así como de la verificación de sus activos y pasivos.
¿Qué pasó hasta ahora?
La empresa ya había sido intervenida de forma urgente por el juez de Concurso Leonardo Méndez , quien había designado a Ciavattone como interventor para trabajar en conjunto con Carrasco hasta el decreto del concurso.
En ese lapso, Ciavattone solicitó la venta de 845 cabezas de ganado para solventar los gastos correspondientes al cuidado de los bovinos de CG, así como para pagar los sueldos y la alimentación de los trabajadores del campo que cuidan a estos animales, debido a una "completa falta de liquidez" de la compañía.
Junto con CG, también se sentenció el concurso de Hernandarias XIII, firma propietaria del campo de Soriano en el que la empresa tiene la mayoría de su ganado y que también estará gerenciada por el mismo síndico.
Además de decretar el concurso, el juez Méndez también dispuso un embargo de US$ 250 millones contra Carrasco, su esposa Ana Iewdiukow y la viuda de Basso, Daniela Cabral, los tres socios de Conexión Ganadera. Esta posibilidad está establecida en la normativa uruguaya dado que esta habilita a que el juez pueda embargar los bienes de ex administradores, ex liquidadores y ex integrantes de la empresa, siempre y cuando se constate que durante los dos años anteriores a la declaración de concurso, estas personas estaban al tanto del estado de insolvencia de la empresa.
Según explicó a El Observador la abogada especializada en el área de Litigios y Arbitraje del estudio Bragard, Andrea Ramírez, ese embargo se va a conservar hasta que termine el procedimiento del concurso, “salvo que haya recaído una sentencia judicial sobre la responsabilidad de cualquiera” de esos sujetos.
En ese sentido, el juez tomó esa medida cautelar al entender que los tres no solo son personas "estrechamente vinculadas a la administración" de las dos empresas, sino que también "tenían conocimiento del estado de insolvencia de las deudoras", y que luego de acceder al concurso "surge evidente" que su activo "no resulta suficiente para satisfacer el pasivo" de la compañía.
¿Cómo sigue el procedimiento concursal?
La normativa uruguaya establece que una vez que se decreta el concurso y se designa el síndico, se debe convocar a una junta de acreedores, a celebrarse en un plazo de 180 días.
Esas fechas fueron fijadas para los días 19 y 20 de agosto de 2025.
A partir de ahora, los acreedores deberán presentarse a verificar sus créditos y para hacerlo, tendrán un plazo de 60 días, a contar desde la fecha que se declara el concurso.
La verificación de los créditos es una de las fases más importantes del proceso concursal. La ley establece que los acreedores que tengan créditos contra el deudor deberán presentarlos por escrito ante el Juzgado, dirigido al síndico y deberán cumplir con ciertos requisitos que en caso de incumplimiento, puede implicar que pierdan sus derechos de cobro.
La forma en que se verifiquen los créditos de los acreedores (sean créditos civiles, comerciales, laborales, tributarios, entre otros) será fundamental, ya que de eso dependerá también la forma en la que los recuperarán, si es posible. La normativa establece que hay créditos privilegiados especiales, con privilegios generales, créditos quirografario común o sin derecho a voto, o un crédito subordinado.
El otro aspecto relevante es la determinación del monto del crédito, puesto que algunas de las resoluciones que se pueden tomar en el proceso concursal, “tales como la aprobación de un convenio de pago, se adoptan teniendo en cuenta ciertas mayorías de acreedores que representen una determinada porción del pasivo del deudor con derecho a voto”. Por lo que, cuanto más pasivo tenga el acreedor, su voto será más importante para incidir en las mayorías requeridas por ley.
Desde la Liga de Defensa Comercial (Lideco) explicaron que la normativa de concurso le da a los acreedores el derecho de impugnar la calificación que le dieron a sus créditos.
El síndico deberá también verificar los activos y pasivos, realizará un inventario y presentará su informe aproximadamente después de los 90 días de decretado el concurso, allí deberá atender las impugnaciones que los acreedores pudieran haber hecho.
En paralelo, el síndico deberá tomar medidas para continuar con la administración de la empresa, lo que a su vez, en este caso es más complejo dado que gran parte de los activos involucrados son biológicos (ganado), por lo que deberán decidir qué hacer y si están los recursos necesarios o no para cuidar esos animales durante el proceso concursal, o si se puede seguir pagando los arrendamientos a los propietarios de los campos, por ejemplo.
Gustavo Basso
En el escritorio de Basso en Florida funcionaban sus Negocios Rurales y Conexión Ganadera
Al ser consultada sobre si los bienes personales de los titulares de Conexión Ganadera o los activos que tanto Basso como Carrasco tienen en otras empresas, pueden verse afectados por el concurso de acreedores o ser utilizados para pagar a los damnificados, Ramírez indicó que sí se podría atacar ese patrimonio, en la medida en que se pueda demostrar la vinculación con CG.
Si al final del proceso el concurso se califica como culpable (es decir, cuando se constata que en la situación de insolvencia de la empresa existió dolo o culpa grave del deudor, o de sus administradores), la sentencia de calificación podrá condenar “a la cobertura de la totalidad o parte del déficit patrimonial en beneficio” de los activos, en paralelo a las sanciones penales que se pudieran aplicar.
“Se podría. En la medida en que se pueda demostrar la vinculación de las sociedades y/o la participación culpable de las personas físicas en el concurso de Conexión Ganadera, se podrá ir atrás del activo y patrimonio de estas”, aseguró Ramírez.
Si luego de la junta de acreedores no se produce un convenio, se pasa a la liquidación de la empresa, ahí será el síndico el que decidirá cómo proceder con los activos.