Lo que importa
• La Audiencia de Navarra rebajó de 15 a 14 años de prisión las penas de dos de los condenados por la violación grupal de los Sanfermines de 2016.
La decisión de la Audiencia de Navarra aún puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, lo que podría retrasar la resolución definitiva.
• La Audiencia de Navarra rebajó de 15 a 14 años de prisión las penas de dos de los condenados por la violación grupal de los Sanfermines de 2016.
• La reducción se aplica en base a la Ley Orgánica 10/2022, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que disminuyó los mínimos penales para estos delitos.
• La decisión sigue la doctrina del Tribunal Supremo, que en julio de 2024 confirmó una rebaja similar para otro de los condenados.
• La Fiscalía consideró que la reducción era procedente, mientras que la víctima, el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona se opusieron.
• La resolución aún puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).
¿Por qué se ha rebajado la pena a los condenados?
La reducción de la pena se debe a la aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como la “ley del solo sí es sí”. Esta norma modificó los rangos de penas, disminuyendo los mínimos aplicables a delitos sexuales.
Como resultado, el Tribunal Supremo estableció que las penas impuestas inicialmente, aunque ajustadas a la legislación anterior, debían revisarse a la baja para adecuarse a la nueva norma.
¿Cuándo se dictaminó la primera rebaja?
El primer condenado en obtener una reducción fue Ángel Boza, cuya pena pasó de 15 a 14 años en septiembre de 2023. El Tribunal Supremo confirmó esta rebaja en julio de 2024, sentando un precedente jurídico que ahora se ha aplicado a otros dos condenados: José Ángel Prenda y Jesús Escudero.
¿Cuál ha sido la postura de la Fiscalía y la acusación?
La Fiscalía se mostró a favor de la rebaja al considerar que debía aplicarse el criterio fijado por el Tribunal Supremo. Sin embargo, tanto la acusación particular —ejercida por la víctima— como las acciones populares —representadas por el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona— se opusieron a la reducción de penas.
¿Cómo justifica el tribunal la rebaja?
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra y posteriormente el Supremo argumentaron que la pena inicial de 15 años estaba apenas dos años por encima del nuevo mínimo legal, que bajó de 14 años, 3 meses y 1 día a 13 años. Como consecuencia, siguiendo el principio de legalidad y el criterio fijado en casos previos, las penas fueron reducidas a 14 años.
La decisión de la Audiencia de Navarra aún puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, lo que podría retrasar la resolución definitiva.
De confirmarse la rebaja, esta sentencia reforzaría la línea jurisprudencial establecida por el Supremo, abriendo la puerta a posibles revisiones de pena para otros condenados en casos similares. Mientras tanto, la reforma de la “ley del solo sí es sí” sigue generando debate sobre su impacto en las condenas por delitos sexuales.
FUENTE: Con informacion de agencias.