El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes de España ratificó la eliminación de la Nacionalidad española para los extranjeros que hayan adquirido el documento de manera voluntaria y violen una de las condiciones de carácter excluyente.
Según se desprende de la información publicada en el sitio oficial, el vínculo Jurídico que une a la persona no nacida en el país europeo con el Estado podría quedar sin efecto ante la detección de tres posibles escenarios.
¿Cuándo se pierde la nacionalidad española?
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Los españoles que no sean de origen (por ejemplo, los que adquirieron por residencia) perderán la Nacionalidad española si:
¿Cómo se recupera la Nacionalidad española?
Una vez perdida la Nacionalidad española, los extranjeros que hayan adquirido el documento podrán recuperarla. Para ello será necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Ser residente legal en España (esta condición no será de aplicación a los emigrantes ni a los hijos de emigrantes).
- El Interesado deberá declarar ante el Encargado del Registro Civil su voluntad de recuperarla.
- Deberá inscribirse la recuperación de la Nacionalidad española en el Registro Civil.
¿Qué extranjeros deberán inscribirse para obtener la habilitación de recuperacón de la Nacionalidad española?
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Será necesaria la previa habilitación del gobierno para recuperar la Nacionalidad española, cuando la hubieran perdido los ciudadanos que no lo hubieran sido de origen y por los siguientes causales:
- Los que por un período de tres años utilicen exclusivamente la Nacionalidad a la que hubieran declarado renunciar al adquirir la Nacionalidad española.
- Los que entren voluntariamente al Servicio de las Armas o ejerzan cargo Político en un Estado extranjero contra la prohibición expresa del Gobierno.
- Cuando la Sentencia firme declare que el Interesado incurrió en Falsedad, Ocultación o Fraude en la adquisición de la Nacionalidad española.