Después de reiterados pedidos y reiteradas negativas de la Fiscalía y la Justica entre abril y setiembre del año pasado, los defensores del exsenador Gustavo Penadés y de Sebastián Mauvezin accedieron al contenido del celular que tenía Jonathan Mastropierro, uno de los denunciantes del exlegislador, cuando estuvo preso por las estafas cometidas en 2020.
Según consta en la denuncia, a la que accedió El Observador, del estudio del contenido de ese celular, los denunciantes extrajeron cuatro videos producidos entre los años 2020 y 2021 en los que se ve a dos menores de 12 años que dialogan con Mastropierro, quien “realiza ante la cámara actos de naturaleza sexual: masturbación, tocamientos, exigiendo a su vez que los niños lo imiten”.
La denuncia menciona que se trata de niños que viven en Pamplona, España y en uno de los casos se advierte ante el pedido de su interlocutor, que figura como Iñaki, el menor busca 20 euros en su billetera.
Señala la responsabilidad de la Fiscalía de Delitos Sexuales de Tercer Turno, a cargo de Ghione. “No solamente no denunció los graves delitosde naturaleza sexual de los que tomó conocimiento por razón de su cargo estando legalmente obligada a hacerlo, sino que retardó sin ningún fundamento jurídico que esta defensa accediera a su contenido", afirma y agrega que "viola flagrantemente el principio de objetividad que está ínsito en su calidad de parte del proceso penal. Por añadidura, -una vez más-, coarta el derecho de defensa que ampara a los encausados".
Los denunciantes afirmaron que la fiscal "formuló afirmaciones que dan muestra de que estaba en pleno conocimiento del contenido del celular desde por lo menos un año antes, al solicitar y conseguir la reserva de tal probanza hasta el mes de marzo de 2024".
20250205 Audiencia pública de Penadés y Mauvezín.
Foto: Inés Guimaraens
De hecho, citan en la denuncia palabras de la fiscal Ghione en una audiencia en la que se pidió acceso al celular: “…ni el Informe de Análisis recibido y ya entregado a la defensa, ni de la extracción genérica del celular recientemente entregado y que la Fiscalía viene cotejando, surgen elementos de relevancia para la presente investigación, al contrario de lo que aseguró el equipo policial investigador, podríamos decir que no era necesaria esa incautación..”.
Sin embargo, a juicio de los denunciantes, “los gravísimos hechos que se ventilan en los videos (…) demuestran la flagrante omisión de la funcionaria pública" de la fiscal del caso de denunciar delitos de los que tomó conocimiento por razón de su cargo, como lo establece el artículo 177 del Código Penal.
A juicio de Guerreo, Robatto y Gavazzo, con la “contumaz negativa” a que los defensores accedieran a ese contenido, también “entorpeció” al sistema de justicia penal.
Según supo El Observador la denuncia de los abogados que refiere a la omisión de Ghione en denunciar delitos, le fue asignada al fiscal de flagrancia Diego Pérez, mientras que la denuncia para que se indaguen los actos cometidos por Mastropierro fueron asignados a la fiscal de Delitos Sexuales María Sigona.
Luego de que se conociera que los abogados la habían denunciado, luego de la audiencia que se realizó el 5 de febrero Ghione declaró a los medios que no compartía. Afirmó que Mastropierro es una víctima de la investigación. "Lo he dicho hasta el cansancio. Si ellos quieren hacer una investigación de Jonathan Mastropierro lo que correspondería que hagan su propia denuncia y que la Fiscalía que el sistema asigne haga la investigación correspondiente".
En el caso de los delitos que se denunciaron y por los que la fiscal de delitos sexuales investigará se puede pensar que al tratarse de niños que están en España, la fiscalía local no sería competente pero la ley penal establece que se debe juzgar el delito en el lugar dónde previno y como la imagen se tomó y se almacenó en Uruguay la justicia local tiene competencia.
El delito denominado de grooming castiga al que ejecutare o hiciera ejecutar a otra persona actos de exhibición sexual ante una persona menor de dieciocho años de edad y tiene penas que van desde los seis meses de prisión a tres años de penitenciaría.
El vínculo con la teoría del caso de la defensa de Penadés
En la denuncia los abogados sostuvieron que las conductas desarrolladas por Mastropierro “tienen directa injerencia” respecto del caso Penadés que coincide con su teoría. En ese sentido señalaron que la denominada “víctima A” ha sido “el principal informante de la Fiscalía” y el “Ministerio Público lo mantuvo informado permanentemente acerca de los 'avances´ de la investigación, tal como es de público conocimiento”.
Señalaron que se conoció que la fiscal informaba a Mastropierro por audios divulgados en programas radio y televisión y también surge de los cruzamientos de los teléfonos de los condenados Federico Rodríguez y Carlos Taroco, ambos condenados en la llamada trama, por la que se imputó también a Pendadés por usar el aparato estatal para hacer una investigación paralela y ponerse a salvo de las acusaciones.
Como otra prueba mencionaron que del mismo celular incautado surge la foto que Mastropierro sacó a Penadés en el motel Séptimo Cielo en compañía de otro hombre y que fue entregada por él a Romina Celeste Papasso, afirmando que ese tercero era “menor de edad”. La defensa sostiene que tanto Mastropierro como el tercero eran mayores de edad.