31 de octubre 2024
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31 de octubre 2024 - 11:59hs

La Intendencia de Montevideo habilita el período de inscripción para la venta de productos pirotécnicos en la temporada de fiestas tradicionales. Los interesados podrán registrarse desde el 1º hasta el 29 de noviembre de 2024, y el permiso otorgará la posibilidad de vender pirotecnia entre el 20 de diciembre de 2024 y el 6 de enero de 2025.

Modalidades de Inscripción

Los aspirantes pueden inscribirse de dos maneras:

Presencialmente en la oficina de Gestión Comercial, situada en Santiago de Chile 1238, esquina Soriano, o por correo electrónico enviando la documentación requerida a [email protected].

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Requisitos

Para obtener el permiso, se debe presentar la siguiente documentación:

- Cédula de identidad y carné de salud vigente.

- Constancia de domicilio.

- Permiso anterior, si aplica.

Además, se deben proponer tres posibles ubicaciones para el puesto de venta, cumpliendo con las siguientes normativas:

Distancia mínima de 100 metros de estaciones de servicio.

Distancia mínima de 50 metros de otros puntos de venta de pirotecnia.

Ubicación en esquinas claramente identificadas en la solicitud.

Cumplir con restricciones del permiso de venta callejera, que prohíbe ubicaciones frente a supermercados, casas de cambio, agencias de cobro, centros educativos, centros de salud, canteros centrales de avenidas, plazas, peatonales y ramblas, y ventas en las siguientes zonas de la ciudad:

- Av. 18 de Julio y sus transversales (una cuadra al norte y al sur).

- Av. 8 de Octubre (desde calle Abreu hasta calle Pan de Azúcar y sus transversales una cuadra al norte y al sur).

- Av. Eugenio Garzón (desde calle Lanús hasta Camino C. Colman y sus transversales una cuadra al norte y al sur).

- Av. Agraciada (zona Paso Molino y sus transversales una cuadra al norte y al sur).

- Avenidas dentro de los centros comunales zonales N.º 4 y N.º 5.

Requisitos adicionales

Una vez confirmada la ubicación, los solicitantes deberán presentar:

- Constancia de inscripción en DGI/BPS o certificación de actividad.

- Registro en la Dirección General de Bomberos.

- Registro en el Servicio de Material y Armamento, iniciando el trámite por correo electrónico.

Temas:

Intendencia de Montevideo Fuegos artificiales

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