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3 de febrero 2025 - 16:48hs

La Intendencia de Montevideo finalmente puso en su web, a disposición del público, las mediciones de enterococos en el agua de las playas del departamento.

Según dijo a El Observador Verónica Piñeiro, gerenta de Gestión Ambiental de la intendencia, los datos fueron subidos a la web el jueves 30.

La publicación llega poco antes de que las autoridades de la intendencia deban concurrir a la Junta Departamental a explicar la situación de las playas.

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El martes a las 10:00 la Comisión Permanente de la Junta recibirá a una delegación de la intendencia citada tras los informes de El Observador sobre contaminación en las playas de Montevideo.

La serie de mediciones de enterococos ahora publicitadas en la web de la intendencia se inicia en 2011 y termina con las últimas muestras tomadas, que hoy son las del 30 de enero.

Los datos son acompañados de texto en el cual se señala: “Los enterococos fecales son (…) microorganismos indicadores de contaminación fecal y la OMS recomienda su uso en particular para aguas con influencia marina (OMS, 2021)”.

Se agrega, que “los datos reportados aún no cuentan con todas las verificaciones que requiere una técnica microbiológica estandarizada (---) lo que es un requerimiento para utilizar los valores con fines de contralor. Teniendo en cuenta esta aclaración, los datos sí se pueden usar para visualizar tendencias y correlaciones con otros parámetros biológicos y fisicoquímicos”.

El Observador informó el martes 29 que durante la temporada 2023-24 las playas Pocitos, Buceo y Santa Catalina, superaron los niveles de enterococos recomendados por la OMS. Ese día el intendente Mauricio Zunino dijo que los datos estaban a disposición del público, lo que no era cierto.

La Intendencia de Montevideo mide los niveles de enterococos desde 2007, pero hasta que El Observador los informó nunca antes se habían divulgado.

Desde 2003, cuando publicó una guía que es referencia en el tema, la OMS recomienda medir la contaminación de las playas según la cantidad de enterococos y no de coliformes, como hacen todas las intendencias de Uruguay.

La Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) recomendó en 2020 a la Intendencia de Montevideo publicar todos los datos sobre contaminación fecal, incluidos en la normativa nacional y los de las pautas de la OMS. Eso incluía los datos sobre enterococos, pero la Intendencia no cumplió esa recomendación durante cinco años.

Los enterococos son un género de bacterias que se utilizan como indicadoras de contaminación fecal. Cuando superan determinada concentración en las aguas de las playas el riesgo de contraer enfermedades es alto.

Según números proporcionados por la Intendencia de Montevideo, y siguiendo un criterio de la propia comuna, Pocitos, Buceo y Santa Catalina no debieron estar habilitadas en buena parte de la temporada pasada.

Dicho criterio sostiene que una playa no es apta si el promedio geométrico de las últimas cinco muestras consecutivas de sus aguas supera las 200 unidades formadoras de colonias de enterococos cada 100 mililitros (ufc/100ml). Cuando el 25% o más de esos promedios son superiores a esa medida, la playa es considerada en color rojo en un informe sobre el tema proporcionado por la comuna a El Observador.

En la pasada temporada, la playa de Pocitos tuvo el 42% de sus promedios por sobre las 200 ufc/100ml. El porcentaje fue de 33% en Santa Catalina y 26% en Buceo. Dichas playas tuvieron valores de enterococos iguales o peores a Miramar, que se encuentra inhabilitada para baños desde hace muchos años. Miramar tuvo 26% de sus muestras sobre 200 ufc/100ml.

Tal como dijo a El Observador, Piñeiro justificó la actitud porque la normativa uruguaya –el Decreto 253/79– no obliga a medir y a evaluar las playas según el nivel de enterococos, sino solo los coliformes fecales.

Sin embargo, la comunidad científica internacional está de acuerdo en que los enterococos son el indicador bacteriológico más eficiente para evaluar la calidad del agua para uso recreativo.

Para la OMS, las aguas recreativas no tienen riesgos de aumentar el contagio de enfermedades cuando el 95% de las muestras no supera las 40 unidades formadoras de colonias cada 100 mililitros (ufc/100ml) de enterococos.

Si el 95% de las muestras tiene hasta 200 ufc/100ml, el aumento del riesgo es leve: entre 1 y 5% de mayores probabilidades de contraer una enfermedad gastrointestinal.

Por sobre estos parámetros, los riesgos comienzan a crecer y ser más significativos.

En la temporada pasada, ninguna playa de Montevideo alcanzó a tener menos de 200 ufc/100ml en el 95% de las muestras.

En ocasiones, además, las playas tuvieron niveles de enterococos mucho más altos que el tope de 200 ufc/100ml y también superiores a 500 ufc/100ml, cuando los riesgos sanitarios se multiplican.

En la temporada pasada en Pocitos, por ejemplo, se constataron 770ufc/100ml el 23 de noviembre, 330 el 27 de noviembre; 3.000 el 4 de diciembre; 510 el 5 de diciembre; 470 el 11 de diciembre; 350 el 14 de diciembre; 330 el 9 de enero; 2.600 el 2 de febrero; 1.800 el 5 de marzo y 770 el 18 de marzo.

Según la OMS, cuando el nivel de enterococos está entre 201 y 500 ufc/100ml aumenta entre 5 y 10% el riesgo enfermedades gastrointestinales y entre un 1,9 y 3,9% el de enfermedades respiratorias febriles agudas.

Para concentraciones mayores a 500ufc/100ml, se incrementa en más del 10% el riesgo enfermedades gastrointestinales y en más de 3,9% el de males respiratorios febriles agudos.

La habilitación de playas se rige según el Decreto 253/79 que divide los cuerpos de agua en distintas categorías. Las playas están comprendidas en la 2b, definida como “aguas destinadas a recreación de contacto directo con el cuerpo humano”.

Para esta categoría están fijados dos límites: por un lado, la media geométrica de cinco muestras consecutivas debe estar por debajo de 500 ufc/100ml. Por otro lado, ninguna muestra puede superar las 1.000 ufc/100ml.

La categoría 3, mientras tanto, reúne a las “aguas destinadas a la conservación de peces en general y otros elementos de la fauna y flora” y permite el doble de coliformes: aquí se autoriza que el promedio geométrico de cinco muestras alcance las 1.000 ufc/100ml y que cada muestra individual pueda llegar a 2.000 ufc/100ml.

En febrero de 2005 una resolución del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente estableció que toda superficie o cuerpo de agua que no hubiera sido clasificado sería considerado como categoría 3.

Con un criterio de dudosa legalidad, las intendencias tomaron tal resolución como una autorización para que las playas cambiaran de categoría, pasando de la 2b a la 3, y permitiéndose el doble coliformes.

Con esa medida, destinada a peces y vegetales, se habilitan hoy las playas.

Temas:

Intendencia de Montevideo Playas Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) web

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