Con manifestaciones en contra en la puerta de la Junta Departamental, los ediles de Paysandú aprobaron en la noche de este jueves el proyecto enviado por la Intendencia para recategorizar los suelos de los dos padrones en que la empresa privada HIF pretende construir su planta de hidrógeno verde.
La comuna, que hasta el 10 de febrero estuvo a cargo de Nicolás Olivera, aseguró que estaba autorizada a pedir la modificación porque obtuvo un aval ficto del Ministerio de Ambiente, algo que la cartera encabezada hasta este sábado por Robert Bouvier rechaza que haya ocurrido, según confirmó El Observador con fuentes políticas al tanto de la situación.
El proyecto de HIF asciende a US$ 6.000 millones y se presenta como la inversión privada más grande de la historia de Uruguay. Supone la construcción y operación de una planta química para la producción de metanol, gasolina sintética, gas licuado sintético y kerojet sintético.
La producción será a partir de la electrólisis de agua, la conversión de desechos forestales y agrícolas para la generación de dióxido de carbono y su captura, sumado a la captura de dióxido de carbono proveniente de la planta de bioetanol de ALUR.
¿Dos bibliotecas?
La recategorización de los suelos está contenida en un instrumento especial de ordenamiento territorial denominado “Programa de Actuación Integrado Complementario” conocido por la sigla PAIC.
La ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible –la 18.308– establece en el artículo 47 que todos los instrumentos departamentales (entre ellos los PAIC) deben tener una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) aprobada por la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental (Dinacea, exDinama) del Ministerio de Ambiente.
La normativa detalla en otro artículo –el 25– que Ambiente tiene un plazo de “treinta días hábiles desde la recepción para expedirse, vencido el cual sin pronunciamiento, se entenderá como emitido en sentido favorable”.
Basada en un informe elaborado por el abogado Carlos Delpiazzo para HIF, la Intendencia de Paysandú entendió que el plazo que tenía Ambiente para responder se venció por lo que el EAE quedó aprobado.
“Con fecha 29 de enero de 2025 la empresa HIF Uruguay SA solicitó la pronta aprobación definitiva del PAIC y el correspondiente cambio de categoría de suelo de los padrones 11.950 y 11.951, entendiendo que se ha configurado la aprobación tácita prevista en el artículo 25 de la ley 18.308, adjuntando el informe jurídico del profesor Carlos Delpiazzo”, dice la resolución enviada el 7 de febrero a la Junta Departamental con la firma de Olivera.
El documento agrega que se cumplieron los “plazos previstos en dicha norma” y que operó el “silencio positivo en relación a la opinión técnica de Dinacea”.
La Junta siempre es la que debe dar la aprobación definitiva de una recategorización de suelos. El proyecto fue aprobado en la noche de este jueves por 27 de los 29 ediles.
Sin embargo, la interpretación de la Intendencia de Paysandú no es compartida por el Ministerio de Ambiente, que entiende que el plazo no se venció y que de hecho la comuna respondió a las últimas observaciones un día antes (6 de febrero) de enviar el material a la Junta.
“El expediente lo tenemos nosotros, está en plazo y no dimos la autorización”, señaló una fuente cercana al ministro saliente Robert Bouvier.
Para tomar posición, el Ministerio de Ambiente se basa en la guía de aprobación de las EAE que fue publicada en 2019. Respecto a los plazos del trámite, este documento señala que cada vez que el ministerio le da “vista” a las intendencias el plazo se interrumpe y el conteo vuelve a iniciarse cuando llega la respuesta.
“En caso que la Dinama (ahora Dinacea) confiera vista a la autoridad responsable de la elaboración del instrumento, se interrumpirá el plazo previsto, el cual se iniciará nuevamente por 30 días hábiles a partir de la fecha de presentada en mesa de entrada de la división administración de la Dinama la respuesta de la Intendencia”, dice la guía.
En Ambiente manejan que el plazo vence el 21 de marzo. Dicen que la interpretación de Delpiazzo utilizada por la intendencia es incorrecta y que la recategorización aprobada por la Junta deberá ser anulada.
El monte nativo y la tala
La planta se ubicará 5 kilómetros al norte de la ciudad de Paysandú, en el municipio de Lorenzo Geyres en dos padrones que abarcan 442 hectáreas. Constará de una planta física y una cañería de 7 kilómetros hacia la planta de ALUR.
Actualmente, esos padrones son de tipo rural y la intención es reparcelarlos para generar uno de 152 hectáreas de categoría “rural natural” sobre el río Uruguay y otro de categoría “suburbana industrial” de 288 hectáreas.
La Intendencia y los técnicos vienen intercambiando desde hace meses acerca de los impactos ambientales negativos del proyecto.
La zona es lindera a un área de “gran interés” para Ambiente que está próxima a ingresar al Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP). “Este sector del río Uruguay presenta un tramo incluido dentro de los padrones de alta prioridad, el monte nativo ribereño, ya que actúa como un corredor que conecta entre áreas protegidas, además de representar un ecosistema de alto valor para la conservación”, se reconoce en uno de los documentos elevados a la comuna.
Según la comuna, gran parte de las observaciones fueron tenidas en cuenta ya que, por ejemplo, se estableció que la empresa tendrá un plazo de cinco años para construir la planta y sino la recategorización de los suelos quedará sin efecto, algo que había sugerido Ambiente.
Pese a esto, según supo El Observador, el ministerio tenía reparos para aprobar la EAE ya que HIF prevé talar un tercio (cien hectáreas) del monte nativo que hay en la zona, algo que está prohibido.
Para compensar, la empresa había propuesto adquirir o arrendar un área “igual o mayor al área afectada directamente por la implantación”, algo que no convence a los servicios técnicos del ministerio.