El Poder Ejecutivo envió un proyecto de ley al Parlamento que busca solucionar la situación de Casmu que se encuentra intervenido desde 2024 por el gobierno pasado. En total se buscará modificar hasta cuatro artículos con el objetivo de "hacer frente a algunos criterios fijados de antemano".
"Sí o sí, precisamos a nivel parlamentario que se expida con respecto a la ley que vamos a enviar en el día de hoy", dijo Orsi en conferencia de prensa este martes.
El Observador tuvo acceso al documento de ley que busca "actualizar algunos aspectos vinculados a la normativa vigente" con respecto a las instituciones médicas que integran el Sistema Nacional Integrado de Salud.
El primer artículo propone modificar la redacción del literal c) del artículo 1º de la Ley N.º 20.325, de 23 de agosto de 2024 con el objetivo de "explicitar la excepción que se aprueba en favor del Casmu-Iampp, en cuanto a la exigencia de la garantía a que refiere la Ley N.º 18.439, de 22 de diciembre de 2008".
El segundo artículo se relaciona con lo explicado en el artículo 280 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 1987, que prevé la intervención de las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva (IAMC) ante determinadas situaciones a juicio del Ministerio de Salud Pública.
En cuanto a este, buscarán actualizarlo, ya que se creó previo a la conformación del Sistema Nacional Integrado de Salud. "Se incluyen algunos aspectos que forman parte de la reglamentación del régimen, que se considera oportuno explicitarlos en la Ley", explica el documento.
El artículo número tres busca modificar el inciso tercero del artículo 2° de la Ley N.º 18.387, del 23 de octubre de 2008, en la redacción dada por el artículo 4º de la Ley N.º 19.659, del 21 de setiembre de 2018, "incorporando las instituciones integrantes del Sistema Nacional Integrado de Salud (artículo 11 de la Ley N.º 18.211, de 5 de diciembre de 2007), a las exclusiones del régimen de esta Ley que hoy incluye al Estado, entes autónomos, servicios descentralizados, gobiernos departamentales y entidades de intermediación financiera".
"El artículo 4º propone modificaciones al artículo 4º de la Ley N.º 18.439, de 22 de diciembre de 2008, de creación del Fondo de Garantía para la Reestructuración de Pasivos de las IAMC, en el sentido de establecer de manera expresa que dichas Instituciones quedarán sometidas a las disposiciones sobre liquidación administrativa previstas por la legislación vigente", expone el documento.