22 de octubre 2024
Dólar El Observador | Auspicio BROU Cotizaciones
Compra 40,25 Venta 42,65
22 de octubre 2024 - 5:00hs

María Fernanda “Nani” Rodríguez, conocida por su trabajo en la Fundación Gonchi Rodríguez, deberá indemnizar a una trabajadora de su proyecto inmobiliario Naan Desarrollos que le ganó un juicio laboral en primera instancia. La sentencia de la jueza laboral Ana Aberastegui condenó a Naan Desarrollos, cuya titular es Rodríguez, y a Mollitiam SAS (By Europe) a pagarle a la trabajadora $ 738.689 luego de que fuera despedida mientras hacía uso de licencia médica por estrés.

En la sentencia a la que accedió El Observador, la jueza señaló que hizo lugar a la demanda porque los demandados no se presentaron en el juicio a responder la demanda y hacer su descarga por lo que se da por verdadero lo planteado por la trabajadora. La jueza hizo lugar a varios rubros en la indemnización como "despido especial e incidencias, salarios impagos por diferencia de laudo, licencia no gozada, salario vacacional, incluido el 10 % de multa, incluido el 30% de daños y perjuicios, más los reajustes e intereses que se actualizarán al momento del pago y desde la fecha de exigibilidad de cada rubro, sin especial condenación".

Las empresas condenadas podrán apelar la sentencia.

Más noticias

La demanda de la trabajadora: más tareas de las acordadas y hasta cuidar a los hijos

La trabajadora reclamó que se le hacían cumplir muchas más tareas de las acordadas en el contrato por lo que "la carga de trabajo era constante y de alta intensidad". Afirmó que ingresó a trabajar el 19 de agosto de 2022 en el puesto de “asistente de ventas y administración” pero que cumplía muchas más tareas. En la demanda afirmó que por orden de Rodríguez "llevaba adelante tanto tareas administrativas, de marketing y comunicación, gestión documental y financiera, control de stock y logística, gestión de proyectos inmobiliarios y ventas".

Mollitam SAS es una representación legal de la marca By Europe para Uruguay y Argentina y está registrada ante BPS y DGI como una sociedad por acciones simplificada, mientras que Naan Desarrollos está registrada como Unipersonal a nombre de la CEO María Fernanda Rodríguez.

La trabajadora planteó que las tareas que llevaba adelante implicaron "el desarrollo del material de marketing, la coordinación con inmobiliarias para la venta de casas y la gestión de la comunicación con potenciales compradores e interesados, situación que siempre fue solicitada por su CEO María Fernanda Rodríguez".

"Por si todo lo anterior no fuera suficiente para dimensionar la excesiva categoría carga laboral sometida a un exigente control de la Sra. Rodríguez, esta le impuso que además tuviera que encargarse de determinadas actividades personales especialmente relacionadas con el cuidado de sus hijos tal y como lo demuestran las conversaciones de whatsapp que agrega", afirmó la demanda.

También mencionó que dada "la notoriedad pública" de Rodríguez ejerció sobre su subalterna "un control por demás exigente de sus tareas, celeridad de las mismas, eficiencia, en función de su estatus público y un eventual perjuicio a su imagen si algo no se hacia de acuerdo a sus parámetros por demás exigente".

Esa carga laboral le implicó que tuviera que certificarse en octubre de 2023 y someterse a "numerosas consultas y tratamientos". Relató que estando de licencia médica el 24 de febrero de 2024, recibió un mensaje de whatsapp de Rodríguez y el 31 de le comunicó del despido. Ante la justicia la mujer sostuvo que "no cabe dudas que el motivo por el cual fue despedida radicó pura y exclusivamente en su cuadro de stress laboral que motivó su certificación médica" y señaló que no existió "ninguna reestructura económica por parte de las co demandadas que pudiera justificar la desvinculación".

En otro orden, la trabajadora afirmó que al iniciarse el Proyecto Naan Desarrollos se le ofreció un bono de US$ 1.400 para la adquisición de un terreno en el barrio privado Cumbres de Carrasco lote 1 pero que ese bono "aún no ha sido satisfactorio". También relató que tuvo que viajar a Buenos Aires como su asistente de Rodríguez a cumplir tareas para Mollitiam SAS, oportunidad en la cual no se le dieron viáticos y se la hizo dormir en el sofá cama del apartamento sin tener "la comodidad y privacidad mínima". Luego de plantearle su disconformidad al día siguiente se le contrató un Airbnb.

Rodríguez no respondió a la demanda y la jueza dio por ciertos los hechos denunciados

La jueza afirmó en la sentencia que la ley de abreviación de los juicios laborales de 2009 establece que si el demandado no contesta la demanda el tribunal "sin necesidad de diligenciar otra prueba" dictará la sentencia definitiva y a dar los hechos denunciados por la trabajadora "por ciertos, debido a que no surge probado lo contrario".

En este caso "habiendo sido debidamente emplazados, los demandados no comparecieron a evacuar el traslado conferido y dicha actitud procesal acarrea consecuencias desfavorables", advirtió la jueza.

Temas:

María Fernanda Rodríguez Juicio laboral

Seguí leyendo

Te Puede Interesar

Más noticias de Argentina

Más noticias de España

Más noticias de Estados Unidos