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19 de diciembre 2024 - 5:00hs

El embarazo transcurría sin sobresaltos. Noelia se había hecho una ecografía privada para que su otro hijo de 4 años pudiera ver a su hermanito en la panza en un ambiente distendido. El niño había elegido con sus padres el nombre de Piero Joaquín, pero el 23 de octubre pasado, cuando transcurría la semana 20, Noelia empezó con pérdidas.

Se trasladó a su mutualista –que no quiso identificar- y luego de realizarle una ecografía le dieron la noticia que nunca hubiera querido escuchar: el bebe no tenía latidos.

La angustia y el desconsuelo que sintió en ese momento, no le impidieron pensar en los pasos siguientes. Desde el primer momento pidió que luego del parto –no le quedaba otra que pasar por ese procedimiento- le dieran a su hijo para darle sepultura.

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Al rato su médico le informó que por el peso –pesaba 350 gramos- y las semanas del feto no se lo podían dar. Le dijeron que tenía que pesar más de 500 gramos y cursar la semana 22 de gestación. Ella insistía con que le quería dar sepultura y pidió que hicieran consultas, que analizaran otras posibilidades.

“Tu bebe es material biológico”, le dijo una ginecóloga para luego explicarle que lo llevarían al laboratorio de anatomía patológica para analizarlo. “Nunca me voy a olvidar el gesto que me hizo con las manos como que lo tenían que cortar en pedacitos”, cuenta Noelia en conversación con El Observador.

Ella lloraba y pensaba que no podía permitir que “tiraran” a su hijo “a un tacho de basura”. “A un perro no lo tirás, lo enterrás, ¿cómo iba a permitir que tiraran a mi hijo que había estado adentro mío?”

A partir de ese momento comenzó una carrera contra el tiempo porque sabía que si no hacía algo luego de los análisis en el laboratorio se iban a deshacer de él.

Lo primero que hizo fue contactarse con una abogada que le recomendó iniciar un acción de amparo, un juicio rápido que suele usarse para obtener acceso a medicamentos o tratamientos caros. El amparo tendría un costo y sumado al de la exhumación que pretendía hacerle a su hijo, se puso a hacer cuentas, con su esposo, para saber si lo podrían pagar.

Luego, le recomendaron ir a la defensoría de familia. La abogada que la atendió la estaba esperando con la ley 20.377 sobre la mesa. Noelia no tenía idea de que existía esa ley que reconoce la maternidad y la paternidad de los nacidos sin vida y le otorga a los progenitores el derecho a la inhumación, cremación e inscripción en el Registro Civil.

El texto aclara que refiere a "todo producto de la concepción, identificable o diferenciable de las membranas ovulares o del tejido placentario materno en general, que cese en sus funciones vitales antes del alumbramiento o bien antes de encontrarse completamente separado de la persona gestante, muriendo y que no ha sobrevivido a la separación un instante siquiera".

La norma es nueva. Fue aprobada el 24 de setiembre pasado y fue promulgada el 2 de octubre, por lo tanto cuando Noelia tuvo a Piero Joaquín sin vida ya estaba vigente. Así se lo dijo la defensora pública y ley en mano llamó a la mutualista para decirles que se la tenían que aplicar y darle los restos de su hijo.

La respuesta que le dieron fue que su caso se iba a derivar "a la jefatura correspondiente". Como pasaban los días y no le decían nada más, y vive en Canelones, a 32 kilómetros de Montevideo, el 1° de noviembre envió un mail pidiendo una respuesta. Le respondieron que su caso "estaba siendo analizado por el comité médico".

El 6 de noviembre decidió hacer la denuncia ante el Ministerio de Salud Pública. Fue pasando de un sector a otro hasta que le indicaron que tenía que hacerlo en el área de usuarios, donde le pidieron que redactara los hechos por escrito. En ese escrito Noelia sostuvo que al tomar conocimiento de la existencia de la ley 20.377, solicitó que "todo se manejara con la mayor celeridad posible".

También mencionaba que para tramitar la licencia maternal que la ley habilita, necesita el certificado de defunción y el carné obstétrico que la mutualista no se los había dado y concluía: "...Es demasiado lo que se vive emocionalmente en un proceso de pérdida de un hijo, para aún sumarle todo este desgaste de gestión posterior para que me entreguen su cuerpo para inhumación, siendo que legalmente existe una ley que nos ampara".

Para redactar la respuesta había leído muchísimo sobre el tema. Así fue que encontró la página de Facebook de Jacquelline Grosso, una mujer que en 2012 pasó por lo mismo que ella. Grosso perdió un embarazo de 21 semanas luego de que un vecino con el que tuvo un problema le pegara una patada en la panza, como había informado El Observador.

Desde ese momento, su hija no nacida, Victoria Jazmín, se convirtió en el motivo de su lucha y así nació "Madres por la ley Victoria". Grosso esperó casi dos años para sepultar a su bebé, tras un fallo judicial inédito de la jueza Beatriz Larrieu. Luego de que las demandas que inició en Uruguay no prosperaran, en 2016 llevó su caso ante la Comisión Interamerica de Derechos Humanos (CIDH) por considerar que fue victima de “graves violaciones a los derechos humanos” y que el Estado uruguayo no logró proteger la vida de su bebé ni evitar que la mujer debiera esperar casi dos años para enterrar a su hija.

Al tomar conocimiento de su caso por esa nota, la senadora Carmen Asiaian (Partido Nacional) que había pasado por un caso similar ya que había perdido un embarazo de 16 semanas, se sensibilizó y la contactó. Con el apoyo de su colega de bancada Carmen Sanguinetti (Partido Colorado) impulsaron la ley que finalmente, tras una negociación con el Frente Amplio que también tenía un proyecto similar, terminó siendo aprobada por unanimidad (ver recuadro al final de la nota).

La respuesta de la mutualista

Luego de que Noelia realizara la denuncia, el MSP le dio 24 horas a la mutualista para que respondiera sobre los hechos. El centro de salud contestó que la ley 20.377 "reconoce el derecho a la inhumación o cremación de los nacidos sin vida siempre que ello resulte posible". Agregó que el caso no está comprendido atento a que se trata de un aborto espontáneo de un feto de 320 gramos (la ley actual no pone límites de peso como establecía la ley anterior) y señalaba que se trata de una ley "reciente" de setiembre y no se ha elaborado por parte de la autoridad sanitaria "un protocolo nacional de actuación", es decir una reglamentación.

"Lógicamente, es ese protocolo el que debe determinar la actuación de los prestadores de salud frente a la muerte fetal intrauterina que en casos corresponde, cómo se debe proceder y demás. En este marco destacamos que lamentablemente aún no fue concretado y al menos comunicado por el Ministerio de Salud Pública, seguramente el motivo es lo novel de la normativa", se excusaba la mutualista.

Asimismo afirmaba que "ante la solicitud de la usuaria realizada por mail el pasado 1 de noviembre, esta institución consultó al laboratorio de anatomía patológica donde fue derivado el feto producto del aborto para realizar el estudio y nos informan que aplicaron el protocolo vigente a la fecha de este tipo de situaciones por lo que no cuentan con el feto producto del aborto para su entrega".

Enterada ahora del caso de Noelia, la senadora Asiaín, que también es profesora de Constitucional, dijo a El Observador que jurídicamente "es un disparate alegar que como la ley no se reglamentó no se puede aplicar porque el artículo 332 de la Constitución dice que los derechos de las personas, no dejarán de aplicarse por falta de la reglamentación respectiva, sino que se debe recurrir a los principios generales de derecho y a las doctrinas generalmente admitidas".

Por su parte la senadora Sanguinetti consideró que "es sumamente frustrante" que sucedan estas cosas después de que estuvieron tres años debatiendo en el Parlamento la ley y recibieron a 30 delegaciones del ámbito de la salud y la ginecología por lo que no puedan alegar desconocimiento.

La ley "no hace distinciones de edad o peso"

La respuesta del MSP, que actualmente se encuentra analizando si aplica sanciones a la mutualista, fue que la ley "no hace distinciones tales como edad o peso para proceder a la entrega del feto producto de la gestación. Por tanto, donde la ley no distingue, no lo debe hacer el intérprete".

Además le aclaró que si bien la ley es reciente, "al momento de producirse el aborto espontáneo de la solicitante, 24 de octubre, era de aplicación la ley invocada. La no existencia de un protocolo de actuación no inhibe la aplicación inmediata de los derechos reconocidos en la ley".

El director de Jurídica del MSP, Martín Thomasset, dictaminó que "correspondía haber entregado los restos tal como lo solicitaron los progenitores" y que corresponde que le expidan el certificado de defunción".

"Al tratarse de una normativa de reciente promulgación pudieron haberse producido dudas respecto a la implementación por parte del laboratorio que recibió los restos del feto producto de la gestación para realizar la anatomía patológica. Pero esto no exime la mutualista de haber procedido de acuerdo con la norma vigente", concluyó el jerarca.

Con ese dictamen del MSP, la mutualista debió entregarle el certificado de defunción pero luego de conseguirlo para llegar a inscribir a Piero Joaquín en el Registro Civil, debió enfrentarse a más trámites y burocracia.

Antes, en la mutualista le dijeron que no le iban a dar el certificado. “Uno de los funcionarios me dijo que no me lo podían dar porque como yo había ido al ministerio a hacer la denuncia se lo iban a dar al ministerio”.

“Yo no te puedo explicar la angustia que me generó. Yo lloraba, lloraba, tenía bronca, rabia, angustia, impotencia. Yo venía de una semana y pico buscando, quería que me dijeran tenemos a tu hijo o no, porque a mí lo único que me importaba era llegar a tiempo”, recuerda ahora Noelia.

Desde ahí mismo llamó al Ministerio de Salud Pública, desde donde le dijeron que se comunicarían con la mutualista, y a los diez minutos la estaban llamando para informarle que fuera a buscar los documentos, que finalmente se los entregarían.

Con el certificado de defunción en su poder tuvo que ir al BPS, a tramitar la licencia maternal y luego al Registro Civil con dos testigos para inscribirlo, dónde también debió deambular por varias oficinas porque nadie sabía como hacer el trámite. Piero Joaquín fue el primer nacido sin vida inscripto y recién pudieron concretar el trámite el 12 de diciembre.

“Para mí la justicia es ante todo, no me pareció justo lo que tuve que pasar. Aún si no hubiese estado esta ley, mi voluntad la expresé. Como mamá no necesito que la ley venga a decirme que sí o que no. Yo sé lo que siento, sé lo que quiero. No hay nada más mío que mi cuerpo, y por ende mi hijo que está dentro de mi cuerpo. Nadie tiene por qué venir a decirme lo tiramos porque es de tantas semanas o de tanto peso", cuestiona con rabia y lágrimas.

Consultada sobre si hará una demanda a la mutualista o cómo seguirá, dice que ahora sólo quiere hacer su duelo tranquila, para el que la mutualista tampoco le dio asistencia psicológica adecuada ya que tuvo que reclamar para ser atendida. Recién esta semana logró tramitar la licencia maternal que la ley le garantiza.

El cuerpo de su hijo no lo podrá recuperar y no tendrá un lugar dónde ponerle flores o visitarlo, pero al menos logró inscribirlo en el registro con su nombre. "Haber podido registrar como nacido sin vida a Piero Joaquín para nosotros y para mí, como mamá, fue muy importante realmente".

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Una ley que, tras un arduo debate, logró consensos

La ley 20.377 llevó tres años de arduo debate parlamentario porque recibió muchos cuestionamientos. Algunos grupos plantearon que se buscaba fisurar la ley de aborto o de interrupción voluntaria del embarazo. La senadora Carmen Asiaín dijo que en su caso fue “muy cuidadosa como abogada para no hablar en el proyecto de los derechos del nacido sin vida, sino de los derechos de los padres a optar por la inhumación. Quería eludir ese cuestionamiento a que el feto es persona”.

Entre esos debates Asiaín recibió cuestionamientos y hasta burlas por querer "darle sepultura a un coágulo", recuerda que le dijeron, y ella llegó a plantear que prohibirle ese derecho a los padres sería "fascista".

Por su parte, Carmen Saguinetti que se encargó de negociar con el Frente Amplio, que había presentado un proyecto similar, dijo que para ella era fundamental que el proyecto saliera por unanimidad y por eso trabajó para acercar posiciones. Al presentarlo se señaló que se estima que hay más de 300 casos, como los de Noelia, Jacqueline o Carmen, por año en Uruguay.

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