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20 de febrero 2025 - 8:28hs

Con la firma del presidente Luis Lacalle Pou, el Ministerio de Industria, Energía y Minería aprobó el decreto por el que se reglamenta la nueva ley de medios, aprobada a mediados de octubre de 2024 y abrió un nuevo foco de conflicto entre la administración saliente y la entrante.

El tema está siendo evaluado por las autoridades designadas y será uno de los primeros temas a revisar una vez que asuman sus nuevas funciones, según dijeron a El Observador fuentes del futuro Ministerio de Industria.

A fines de diciembre, cuando la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación (Ursec) aprobó el borrador del decreto, el futuro secretario de la Presidencia, Alejandro Sánchez, cuestionó la actitud del gobierno.

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Hay algunos ministros –o algunos jerarcas en todo caso– que están apurados por de más”, dijo en una rueda de prensa y consideró que no tenía sentido aprobar el decreto “sin consultar ni conversar con los que van a ser las futuras autoridades”. “Me parece que no es la mejor manera de transitar esta transición”, cerró.

La ley de medios fue uno de los temas de mayor tensión entre el gobierno de Luis Lacalle Pou y el Frente Amplio e incluso generó divisiones en la interna de la coalición. Para conseguir los votos de Cabildo Abierto, los otros socios de la coalición –el Partido Nacional y el Partido Colorado– aceptaron incluir un artículo que hablaba de la “imparcialidad” de los medios de comunicación y que fue cuestionado desde varios ámbitos por ir contra la libertad de expresión. Finalmente, ese artículo fue vetado por el presidente Luis Lacalle Pou.

La nueva ley, que estuvo durante más de cuatro años en el Parlamento, deroga una anterior aprobada por el gobierno del Frente Amplio y cambia varios aspectos sustanciales como la cantidad de licencias de radio y televisión que puede tener una persona física o jurídica.

Otro de los que cuestionó el accionar del gobierno saliente fue el director en representación del FA en la Ursec, Pablo Siris, que será director nacional de Telecomunicaciones en el gobierno de Yamandú Orsi.

“Ojalá prime la prudencia y el MIEM frene la consideración de este asunto para su análisis con la rigurosidad técnica necesaria, el imprescindible civismo republicano y el respeto a los compromisos asumidos de generar espacios de diálogo durante la transición”, escribió en su cuenta de Twitter cuando el organismo regulador había aprobado el borrador.

El tema fue tratado en una reunión de transición entre la futura ministra, Fernanda Cardona, y la actual, Elisa Facio, pero las autoridades entrantes no accedieron al borrador hasta que se publicó en la web de Presidencia este lunes. El decreto fue firmado el 13 de febrero.

Tras aquel encuentro de transición, Cardona dijo a la diaria que esta forma de proceder –de avanzar con la reglamentación– “hace muy difícil” lograr una “transición seria y ordenada”.

A lo largo de todo el proceso en el Parlamento, el Frente Amplio fue muy crítico con la normativa. Cuando la Cámara de Diputados aprobó el proyecto, la coalición de izquierda emitió un duro comunicado en el que cuestionó la norma. “Con los cambios promovidos en esta nueva ley se genera mayor concentración de la propiedad de los medios; se habilita la extranjerización; se golpea a ANTEL; y se cristaliza la situación actual de privilegios extendiendo automáticamente por 15 años más la duración de las licencias vigentes”, dice el texto.

La reglamentación

En los considerandos del decreto publicado este lunes, el Ministerio de Industria dice que hay “distintos extremos” que es necesario reglamentar entre los que están las transferencias de las licencias, los mecanismos de acceso a personas con discapacidad y el régimen de sanciones.

Así, por ejemplo, el artículo décimo habilita al Poder Ejecutivo a dar excepciones a los requisitos que deben cumplir los dueños de los medios.

Siguiendo lo establecido por la ley, el decimotercer artículo establece la cantidad de licencias que podrá tener cada persona física o jurídica. Dice que en el área metropolitana de Montevideo no se podrán tener más de 5 licencias de radio (AM o FM) y una de televisión abierta. En el interior son 6 más una.

“En el caso de tener licencia conjuntamente en el área metropolitana de Montevideo y en el resto del país: 5 licencias en el caso de radiodifusión sonora, ya sea en AM o FM, y 1 licencia para la Servicios de Difusión de Contenido Audiovisual por televisión abierta”, agrega. A su vez, menciona que en el caso de la TV por cable, el límite será de 8 licencias.

“Si a la fecha de entrada en vigencia de la ley existieren casos de titularidad de licencias de Servicios de Difusión de Contenido Audiovisual (Sedica) que excedan los límites señalados, sea en forma total o parcial, los involucrados disponen de un plazo de 24 meses para adecuar su situación, mediante transferencia o renuncia a las licencias oportunamente otorgadas, según corresponda”, subraya.

También, en el decimoquinto artículo, da un plazo de 60 días a la Ursec para pronunciarse sobre las transferencias de licencias y 90 días al Poder Ejecutivo para resolver. Para la futura administración estos tiempos son muy cortos y atentan contra un buen procedimiento.

Por otra parte, en el vigésimo-primer artículo y los siguientes, el decreto establece cómo serán los llamados públicos y abiertos para la adjudicación de licencias y señala que en los casos que se considere necesario se podrán hacer consultas y audiencias públicas.

Menciona que las renovaciones de las licencias serán por períodos de 15 años y que quienes actualmente las tengan pasarán “automáticamente a ser titulares” sin hacer trámites.

Respecto a la discapacidad, establece la obligación de articular mecanismos para que quienes tengan discapacidad auditiva o visual puedan acceder a la televisión abierta.

"Los servicios de radiodifusión de televisión abierta, los servicios de televisión para abonados en sus señales propias y las señales de televisión establecidas en Uruguay que sean distribuidas por servicios para abonados, deberán, cuando alcancen al área metropolitana de Montevideo, incluir un mecanismo que, en tiempo real, traduzca los contenidos verbales de los programas informativos y fortalezca la accesibilidad de las personas con discapacidad auditiva o visual.", señala el artículo 40.

El siguiente plantea que en un plazo máximo de 12 meses contados a partir de la aprobación del decreto, los servicios de televisión abierta del área metropolitana de Montevideo, deberán cumplirlo –como mínimo– en 3 programas dentro de los géneros periodísticos, de debate, deportivos, culturales o de interés general de producción o coproducción propia incluidos en su grilla. En el resto del país, el plazo es de 24 meses.

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