Fue en el período colonial, allá por el siglo XVIII, cuando la corona española decidió, a través de una concesión, otorgarle los terrenos que hoy forman Punta Ballena al poblador Isidoro García. Pasaron varios años, y otros dueños, hasta que el 7 de enero de 1898 don Antonio Lussich, un empresario marítimo y apasionado arboricultor, le compró unas 1.800 hectáreas de esas tierras a Gerónimo Cabrera.
Unos cuarenta años después, con Lussich ya fallecido, sus herederos comenzaron –agrimensor de por medio– a repartirse esos terrenos en lotes. Y fue tres décadas más adelante (1969) cuando comenzaron las idas y vueltas con la administración pública, que continúan hasta el día de hoy, por 16 hectáreas donde, entre otras cosas, pasa la ruta panorámica y están los miradores de la zona.
Fue la intendencia encabezada por el colorado Gilberto Acosta Arteta que comenzó los trámites para expropiar los terrenos y pasarlos a dominio público. Una expropiación por la que nunca pagó y que, por lo tanto, legalmente nunca se terminó de concretar pese a que durante la dictadura militar (1977) se realizó la obra de la ruta.
Esta historia, resumida en la sentencia de 2004 de la Suprema Corte de Justicia que dictaminó que la propiedad de los terrenos era de los herederos de Lussich pese a la oposición de la Intendencia de Maldonado, es el inicio de esta larga disputa que tendrá un nuevo capítulo en los próximos días.
Es que, según pudo saber El Observador de fuentes del Ministerio de Ambiente, la cartera se encamina a denegar la Autorización Ambiental Previa (AAP) al proyecto inmobiliario presentado por el argentino Delfín Ezequiel Carballo y el uruguayo Eduardo Carrera Hughes, dos de los titulares de los terrenos, que implica la construcción de 29 edificios y 320 apartamentos.
Ya los técnicos de Ambiente habían sugerido en setiembre rechazar la AAP pero el Ministerio demoró varios meses en tomar la resolución final –ya están los informes redactados– porque tras la presentación de ese trabajo técnico los impulsores hicieron sus descargos y la cartera se tomó su tiempo para contestar los cuestionamientos.
Esa decisión que llevará la firma del ministro Robert Bouvier abre un nuevo escenario que puede derivar en que el Estado inicie un juicio por expropiación (pagando lo correspondiente por esos terrenos) o incluso, los propietarios tienen la potestad de cerrar el paso al público. Sin embargo, hasta que no se formalice la resolución no habrá novedades sobre los próximos pasos aunque en la cartera de Ambiente sospechan que el caso volverá a ser judicializado.
En medio de esta disputa, la Corte Electoral validó las firmas recolectadas por vecinos de Maldonado para establecer una “servidumbre non-aedificandi” sobre los terrenos así como declarar la zona reserva natural departamental. Con las firmas validadas –que representan al 15% del padrón electoral de Maldonado– ahora el tema vuelve a la Junta Departamental que deberá aprobar o rechazar la iniciativa. En caso de aprobarla se convertirá en decreto departamental (y por lo tanto no se podrá construir nada en la zona), mientras que si lo rechaza el intendente Enrique Antía deberá convocar a un plebiscito junto a las elecciones departamentales de mayo.
“La intención final es proteger Punta Ballena”, dijo a El Observador el edil blanco Adolfo Varela y aseguró que hay acuerdo en su partido para aprobar la iniciativa aunque señaló que le podrían hacer algún cambio.
Desde el entorno de los dueños de los terrenos dijeron a El Observador que entienden que si prospera la iniciativa de los vecinos se están cambiando las reglas de juego –porque cuando lo compraron en el terreno se podía edificar– y que se afecta la seguridad jurídica del país.
Los promotores del proyecto contrataron a dos abogados –Carlos Delpiazzo y Leonardo Guzmán– para realizar sus descargos al informe técnico de los técnicos de Ambiente. En su informe, Delpiazzo cuestiona, entre otras cosas, que el dictamen no contempla en ninguna parte “los beneficios para el departamento de Maldonado y la comunidad” por el pasaje al dominio público de varios terrenos que se “perderá en caso de que el mismo (el proyecto) no pueda ejecutarse”.
El abogado se refiere a un acuerdo que los promotores llegaron con la Intendencia de Maldonado en 2014 por el que los terrenos donde está la ruta y los miradores pasan a dominio público, mientras que se habilita –atado a la autorización ambiental– el proyecto inmobiliario.
También señala que el informe de Ambiente omite señalar que la Dirección Nacional de Ordenamiento Territorial, en un informe del 26 de octubre de 2020, concluyó la viabilidad del proyecto siempre que se contemplaran ciertas determinaciones, pese a que en 2024 en otro informe plantea algunos reparos. Los promotores del proyecto creen que el cambio de posición estuvo vinculado a la movilización de los vecinos.
Además, asegura que los técnicos confunden “fraccionamiento” con “reparcelamiento” (que es lo que se pretende hacer ahora para el proyecto) y que, por lo tanto, no aplica la norma que establece que se deben pasar a dominio público la faja de 150 metros desde el mar ya que el fraccionamiento original, realizado en 1944, se hizo antes que existiera la ley actual.
Y, además, señala antecedentes en los que en esa misma zona hubo reparcelamientos en los que no se les impuso respetar la faja de 150 metros por tratarse de “riberas de tipo acantilado y no de playas”.
“En caso de acceder la autoridad competente al rechazo recomendado, el Estado deberá erogar importantes sumas de dinero para expropiar la propiedad privada de dicha ruta panorámica, los miradores y las áreas de costa acantilada pudiendo disponer sus propietarios, en caso contrario, en la forma que consideren más conveniente” , concluye el abogado.
Idas y vueltas
“Es muy cierto que la majestuosa belleza de Punta Ballena trasciende la propiedad privada y es patrimonio estético para el goce de todos los habitantes del Uruguay que acierten a pasar por el lugar. No menos cierto es que todos los uruguayos sabemos de sobra que desde tiempo inmemorial toda esa zona pertenece a los Lussich como herederos de Don Antonio, verdadero pionero en la forestación que comenzó en el siglo XIX. En un Estado de Derecho como el uruguayo donde la propiedad privada es un derecho inviolable nadie puede ser privado de ella sin recibir del Tesoro Nacional una justa y previa compensación”, dice un pasaje de la sentencia de la Suprema Corte que sintetiza la posición que tomó la Justicia sobre la propiedad de los terrenos en 2004.
Es que si bien la Intendencia de Maldonado intentó expropiarlos en 1969, nunca pagó el monto correspondiente por lo que el movimiento nunca se concretó. Ese sentencia de 2004, tras un proceso judicial iniciado en 1995, dio paso a una negociación con la Intendencia de Maldonado que derivó en un acuerdo en 2014.
El entonces intendente Óscar de los Santos firmó un documento con los propietarios de los terrenos, al que durante el gobierno de Enrique Antía se le agregó una adenda y fue aprobado por unanimidad en 2017 por la Junta Departamental, que establecía que algunos terrenos pasaban a dominio público (incluida la ruta panorámica y los miradores) y que le permitía a los empresarios realizar un proyecto inmobiliario.
Sin embargo, ese acuerdo de 2009 tiene un pasaje que es clave para entender la importancia de la decisión del Ministerio de Ambiente. Además de necesitar la aprobación del Ministerio Público y de la Junta Departamental, el acuerdo –para tener validez plena– precisaba de la aprobación de la entonces Dirección Nacional de Medio Ambiente.
“La aprobación de la presente transacción por parte del Ministerio Público y por parte de la Junta Departamental serán ad referéndum de su aprobación final por parte de la Dirección Nacional de Medio Ambiente requerida para la validez plena del presente acuerdo”, dice el texto de 2014.
Al no tener la aprobación ambiental, los terrenos sobre los que pasa la ruta y donde están los miradores vuelven a propiedad de los privados y la declaración como reserva natural, de concretarse, abre un nuevo capítulo a está disputa histórica.