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5 de noviembre 2024 - 5:00hs

Dra. Mikaela Yarwa

Abogada

La gastronomía desempeña un papel fundamental en la cultura y el intelecto de los países, actuando como un vínculo entre la historia, la identidad y la creatividad de sus pueblos. Cada plato cuenta una historia, transmitiendo tradiciones y valores.

En este sentido, la forma en que se prepara y se consume la comida refleja las costumbres, creencias y la diversidad cultural de una nación, por ello es importante la protección de algunas recetas innovadoras y platos gastronómicos.

¿Cuál es el rol que desempeñan los derechos de Propiedad Industrial en estos casos? En nuestro país las recetas escritas y los libros de recetas, podrían protegerse mediante derechos de autor, en cuanto obras literarias, si las mismas reúnen cierto grado de originalidad.

Es irrelevante a los efectos de la protección de estas recetas o libros, que las mismas sean en papel o en soporte informático. También es importante destacar que una receta escrita, únicamente detallando ingredientes y pasos a seguir, en principio, no es pasible de protección por derechos de autor.

Por ello, cuanto más extensa y estilísticamente elaborada sea la redacción de una receta de cocina, mayores serán las posibilidades de que se reconozca la originalidad de la obra literaria.

El titular de los derechos de autor, en este caso tendrá la posibilidad de reclamar que su nombre se encuentre asociado con el texto de la receta, o incluso que esa expresión literaria no pueda ser modificada sin su debida autorización. Asimismo, podrá autorizar la reproducción del texto, la distribución, comunicación pública y demás derechos de explotación económica.

Sin embargo, el titular de la receta no puede, en principio, impedir que cualquier persona la "ejecute".

Tampoco puede prohibir que un cocinero utilice esas recetas en un restaurante, ya que el derecho de autor no se aplica en ese ámbito.

Cuando un chef reconocido innova en la elaboración de una receta, y presenta un plato con una decoración particular, a menudo se menciona el término "plagio" o “copia” si otro chef reproduce su creación. Sin embargo, esto no implica necesariamente un acto ilícito desde la perspectiva de la propiedad intelectual.

Para su protección, el título de las recetas es la denominación literaria que elige el autor para dar a conocer la misma. Éste puede ser: descriptivo, informando sobre características de la propia receta; sugestivo, insinuando alguna característica sin referencia directa; o fantasioso, se trataría de denominación original y novedosa, sin que necesariamente informe sobre ningún aspecto de la receta.

El título, en general, como parte de una obra literaria es también protegido por derecho de autor. En dicho sentido, por más breve que sea un título, si el mismo tiene originalidad, merecerá protección también por sí, pero si no la tiene por ser un título débil o común, el mismo podrá ser compartido por otras publicaciones de la materia. Un título débil sería por ejemplo “MILANESA CON PURÉ”, mientras que un título con un grado de originalidad podría ser: MILAFULL, FUSIÓNMILA, etc.

Los títulos de las recetas que hemos considerado como fantasiosos, además de estar protegidos por derechos de autor, pueden también recibir protección simultánea como marcas. Este mecanismo resulta muy efectivo para lograr una mayor protección de la propiedad intelectual del autor.

En este sentido, el título de una receta de cocina, al identificar un plato que puede ser comercializado, es pasible de registrarse como marca, siempre y cuando reúna las características necesarias, exigidas por la Ley N° 17.011, a tales efectos.

Por su parte, un libro de cocina es una obra literaria cuya protección por derechos de autor es más fácil de determinar en comparación con la de una receta. Puede clasificarse como obra original, si su creador es el autor de todo el contenido, o como obra derivada si se trata de una recopilación de recetas de otros autores. En este último caso, si las recetas incluidas tienen titulares de derechos de autor vigentes, se requerirá su autorización para la inclusión. Sin embargo, también es posible que se utilicen recetas que estén en dominio público o que no sean originales.

Como se puede apreciar, las alternativas de protección legal con especial referencia a la propiedad intelectual respecto de creaciones culinarias, son diversas, y en este sentido, la propiedad intelectual es fundamental como mecanismo de protección y estímulo para el impulso creativo, incluso en el ámbito de las creaciones gastronómicas.

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